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Devolución de la Ayuda

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La ayuda financiera se otorga y se gana a través de la inscripción y finalización de las clases. Si no completa las clases por las que recibió ayuda, es posible que deba la totalidad o una parte de la ayuda recibida. La devolución de la ayuda no puede ser apelada independientemente de las circunstancias.

ABANDONO VS. RETIRO

Solo puede darse de baja de una clase dentro de las primeras dos semanas del período (verifique con Servicios de Inscripción la última fecha para darse de baja). Darse de baja de una clase, lo elimina de su expediente académico. Un sobrepago o devolución de fondos del Título IV puede resultar de abandonar las clases después de recibir la ayuda.

Una vez finalizado el período de baja, comienza el período de retiro. Puede consultar con Servicios de Inscripción la última fecha para retirarse. Si se retira de una clase, todavía se muestra como una clase que intentó pero no completó. La clase se mostrará en todos sus registros académicos con una calificación de “W”. Retirarse de todas las clases podría causar una devolución de los fondos del Título IV.

Obtenga más información sobre la política de Abandono/Retiro de SLCC.

SOBREPAGO

Se produce un sobrepago cuando cae por debajo del estado de inscripción por el cual recibió ayuda. Por ejemplo, si recibe una Beca Pell por tiempo completo (12 horas o más) y baja a 3/4 de tiempo (9-11 horas), se espera que pague la diferencia entre la cantidad que recibió y el premio por 3/4 de tiempo. Si hubiera un reembolso de matrícula, se acreditaría a su deuda de sobrepago. Tendría 45 días para hacer el pago a SLCC antes de que la deuda sea entregada al Departamento de Educación.

DEVOLUCIÓN DE FONDOS TÍTULO IV

Abandonar o retirarse de todas las clases, o no completar ninguna de las clases, podría ocasionar que deba una devolución de fondos del Título IV (ROF). Su ROF se basaría en un porcentaje de ayuda no devengada según lo determinado por su última fecha de asistencia. Los fondos del Título IV incluyen Pell Grant, SEOG, Direct Stafford y Perkins Loans. El reembolso de la matrícula se acreditaría primero al ROF. Si se determina que debe un ROF, recibirá un aviso por correo que muestra el monto adeudado al Departamento de Educación (ED) y el monto adeudado a SLCC.

PAGO DE DEUDAS

Cualquier monto adeudado al ED se enviará al ED para su cobro. Si no paga la deuda antes de la fecha límite dada, podría dejar de ser elegible para recibir ayuda en el futuro en cualquier institución educativa. Si se requiere que SLCC devuelva fondos en su nombre, SLCC le facturará.

El ED puede hacer arreglos de pago que duren hasta dos años. Para las deudas con SLCC debe comunicarse con la Oficina de Cuentas por Cobrar.